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miércoles, 24 de octubre de 2018

Sobre las mentiras entorno a la Cárcel Vieja de Murcia publicadas en prensa.


Recientemente el medio digital de extrema izquierda eldiario.es, dentro de su campaña continua de manipulación de la historia para justificar los desmanes de la revancha y el odio que 80 años después de su humillante derrota llevan a cabo, publicó un artículo plagado de mentiras y falsedades sobre las ejecuciones en la Cárcel Vieja de Murcia en la posguerra. Dicho artículo ha sido reproducido también por otro medio de extrema izquierda local, vegamediapress.com. La estrategia de la extrema izquierda es clara: mentir mucho y constantemente, criminalizando a todo el que denuncie sus mentiras para crear una opinión, bien por miedo, bien por pereza mental, favorable a sus falsedades.

Pero en Falange no tenemos ni miedo ni pereza, por lo que vamos a denunciar las continuas mentiras de la extrema izquierda, su campaña de falsedades y su infame odio histórico cada vez que tengamos oportunidad. De este modo, publicamos el siguiente artículo sobre la verdad de las ejecuciones de la Cárcel Vieja.


El 13 de Noviembre de 1948 el yeclano Macedonio Serrano Ortega, de 38 años, casado, pasó a ser el último recluso de la Prisión Provincial de Murcia ejecutado por la Justicia franquista, que según nos recuerda la autora del panfleto Silvia Cabrera fue aproximadamente 11 años después de la entrada del Ejército Nacional en Murcia, el 29 de Marzo de 1939 (erróneamente, puesto que fueron 9 años desde 1939). Si bien lo correcto sería contar la historia desde el principio, unos 12 años antes, desde el 4 de Septiembre de 1936 , día en que Macedonio y otros milicianos se presentaron en la finca de “Las Herreras” del término municipal de Yecla y se apoderaron de Tomás García Soriano, soltero de 60 años, propietario de dicha finca, desde donde fue conducido a Yecla, y desde aquí hasta el Km. 17 de la carretera de Almansa, ya fuera del término local de Yecla y en término local de Almansa, donde se encontró su cuerpo con heridas de arma de fuego en lo que posteriormente se vino a conocer como ”paseo”. Su cuerpo fue trasladado hasta Almansa siguiendo la estrategia la de “pasear”  y trasladar el cadáver a otro término municipal para dificultar la búsqueda a la familia y que las diligencias judiciales, si es que se iniciaban, pertenecieran a otro partido judicial.  No contentos con esto, pocos días después la hermana de Tomás tuvo la desgracia de quejarse en público del terrible fin que había tenido su hermano Tomás, estas quejas fueron escuchadas por “testigos” que la denunciaron, y por ello Concepción García Soriano, de 55 años, casada y con 6 hijos, fue conducida al Cuartel de las Milicias, donde pasó la noche, para ser finalmente atada, amordazada y conducida por la carretera de Yecla a Caudete, hasta el término municipal del pueblo albaceteño, donde apareció su cadáver con heridas por arma de fuego; el segundo “paseo” en la misma familia. Sus familiares le siguen recordando en la actualidad, de hecho cuando sucedió la llamada “guerra de las esquelas”  por el 70º aniversario de la Guerra Civil, en la que familiares de caídos de uno y otro bando publicaron esquelas en prensa conmemorando el aniversario de su muerte del familiar recordado, la familia de los hermanos García Soriano, concretamente Antonio, nieto de Concepción,  publicó en el diario El Mundo del 4 de Septiembre de 2006 una esquela en recuerdo de Concepción:
“Torturada y asesinada por milicianos de la república el 23 de Septiembre de 1936 en Yecla (Murcia) tras ser detenida en su domicilio, denunciada por militantes del Frente Popular de esta localidad por expresar su dolor por el asesinato de su hermano Tomás el día 4 de Septiembre de 1936”

Macedonio no es una víctima del franquismo, sino un asesino ejecutado por su terrible crimen. El hecho de que su ejecución fuese tan tardía es debido a que tras la victoria del Ejército Nacional, marchó a Francia. Una vez en Francia se alistó en el maquis, la banda comunista de bandoleros. Y hasta después de 1945 no volvió a España, cuando fue detenido y según su declaración:“…se alistó en el maquis con carácter forzoso pues de no hacerlo así los meterían en campos de concentración, la única intención era la de vivir con su familia que la tiene en Yecla”
Era usual en todos los detenidos del maquis, indicar un “alistamiento forzoso con amenazas”  al grupo bandolero para intentar hacer dudar al Tribunal Militar y obtener compasión de la Justicia de Franco. El final de su historia, es conocido: Juicio Sumarísimo, condena a muerte, espera en la Prisión Provincial y ejecución. Hasta ahora una terrible historia de 3 muertes, en la que Macedonio tuvo un juicio, pero Tomás y Concepción no tuvieron la suerte de tener siquiera un “juicio injusto”.
La autora también nos habla de la terrible experiencia con la Justicia franquista que tuvo Don José Garrido, militar republicano, denunciado, juzgado, encarcelado y finalmente indultado y puesto en libertad.  Asimismo indica la terrorífica semana entre el 3 y el 9 de Abril de 1940 con el ajusticiamiento (asesinato para la autora) de 85 personas en solo 6 días. Imagínense por un momento lo terribles que tuvieron que ser  los días 15 y 16 de Agosto de 1936 para muchos militares, Oficiales y Suboficiales, como Don José, que retenidos en los barcos Sil y España-3 en Cartagena, donde se encontraban a la espera de Juicio sumarísimo por rebelión, y fueron arbitrariamente conducidos a altar mar y fusilados en las cubiertas de ambos barcos, para ser lanzados al mar, algunos de ellos todavía vivos con lastres amarrados a sus pies y en algunos casos atados en parejas. Se estima que fueron entre 211 y 214 los Oficiales y Suboficiales asesinados aquellos días en el mar. Tampoco sabemos si todos formaban parte de la rebelión o alguno de ellos no, nunca lo sabremos ya que tampoco tuvieron posibilidad de un “juicio injusto”, por eso no se encuentran sus expedientes personales entre los expedientes de los presos del Archivo General de la Región de Murcia.
Más muertes de presos en 1936-1937, muchos de ellos llamados “presos gubernativos” (detenidos por orden del Gobernador Civil, lo que viene a ser equivalente de presos en prisión preventiva, aunque en este caso no ordenado por estamento judicial sino político), que no tuvieron posibilidad de ser encausados fueron los 4 presos asesinados tras la “saca” de la Cárcel de Cieza el 28 de Septiembre de 1936 o los 11 presos asesinados en la “saca” del Castillo de Caravaca de la Cruz la noche del 1 al 2 de Octubre de 1936, por citar dos casos muy conocidos, entre muchos más, en los que tampoco se tuvo la suerte de un “juicio injusto”.

También hay que rebatir lo que la autora cita, referido a dos investigadores de la   Asociación para la Recuperación y Defensa de la Memoria Histórica de Murcia, y cito textualmente:
“En los años de la guerra los prisioneros, en su mayoría franquistas, "recibieron un trato más humano, gozaron de un juicio civil y en todos los casos era obligatoria la confirmación del Gobierno central de la República”

Los decretos del 23 y 25 de Agosto de 1936 (publicados en la Gaceta de la república en fechas 24 y 26 respectivamente) crean los Tribunales Especiales contra la rebelión, la sedición y los delitos contra la seguridad exterior del estado,  aquí se inicia la llamada Justicia Popular. Mas tarde se delimitaron las competencias creando Tribunales de Espionaje y Alta Traición (decreto 22 Junio 1937), Tribunales Especiales de Guardia, (decreto 29 Noviembre 1937). En Murcia se creó el Tribunal Popular de Murcia (con 2 Juzgados Especiales), el Tribunal Popular de Cartagena y el Jurado de Urgencia. Mucha bibliografía hay sobre su historia y funcionamiento, cabe destacar su carácter sumarísimo (lo que hace que el carácter de juicio civil que indica la autora sea más que discutible) y la presencia del Jurado Popular. El Jurado Popular estaba constituido por representantes de las siguientes organizaciones: PCE, PSOE,  Partido Republicano Democrático Federal, UGT,  CNT, Izquierda Republicana y Unión Republicana, ello  hace que sea evidente la politización del mismo, o al menos, que evitar su politización fuera prácticamente imposible. Uno de ellos, representante del PSOE, era Joaquín Ataz Hernández. Su hijo José Ataz nacido en Murcia en 1927, vivió muchos de los sucesos de esta época y los narra en su libro “¿Memoria histórica” Sí, pero para todos”  de Plataforma 2003 Editorial Cívica Independiente. José Ataz hijo resultó ser falangista, espero que esto no invalide su testimonio. Destaca en esta obra sus recuerdos personales del 13 de Septiembre de 1936 (páginas 58 y 59), de cómo se enteró ya acabada la guerra que su padre formaba parte del Tribunal que juzgó a Servet del que era amigo personal  y también de cómo su padre intentó salvar a todos los perseguidos que pudo (páginas de 59 a 66). A este juicio venimos a terminar muchas veces, pero el cúmulo de irregularidades es de tal calibre que no puede pasar desapercibido. Obviemos el carácter político del Tribunal (en su componente profesional y en el sesgo del jurado), obviemos que fueran juicios sumarísimos en un país en guerra (lo que impedía en muchos casos aportar en un plazo brevísimo de tiempo pruebas o testigos de los acusados: que estaban escondidos, en zona enemiga o directamente desaparecidos). La Sentencia  se hace pública el viernes 11 de septiembre de 1936 con la imposición de 10 penas de muerte, en el caso de la pena máxima cabía la posibilidad de una revisión de la causa por un nuevo Jurado en votación individual con el método de bolas negras o blancas, en este juicio se decidió por unanimidad la no revisión de la causa y se confirmaron las penas máximas a los 10 acusados. Curiosamente José Ataz en la obra antes citada, nos indica textualmente sobre el papel de su padre como Jurado en el Juicio que:
“Que él [por su padre] sólo había echado la bola negra a Federico Servet por orden expresa de su partido, ya que lo consideraban como un hombre capaz de fugarse de la cárcel y organizar una feroz resistencia”
Esto indica la “politización” de la Justicia Popular: no decidían los Jurados, decidían los partidos políticos y sindicatos de los que los Jurados eran militantes. Pero todavía había una posibilidad de salvación, por medio del indulto del Gobierno. La sentencia se comunicaba al Gobierno y éste podía confirmar la sentencia dando el visto bueno o proceder al indulto de la pena máxima, pasando la pena a la inmediatamente inferior, que sería reclusión perpetua.  

Se estaba pues a la espera de visto bueno a la sentencia capital o del indulto por parte del Gobierno. Se rumoreaba que el indulto era factible ya que Don Mariano Ruiz-Funes, murciano y a la sazón Ministro de Justicia del Gobierno de Largo Caballero, tenía  parentesco con uno de los acusados a muerte, el médico Don Ángel Romero Elorriaga.
La ejecución de los 10 condenados  no estaba prevista para el domingo 13 de septiembre, de hecho el periódico “Nuestra Lucha” de fecha 13 de septiembre de 1936 en su portada indica:
APLAZAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS DICTADAS ANTEAYER
Desde el Gobierno Civil se nos remite la siguiente nota:
“En cumplimiento del decreto de 2 de junio de 1931, articulo 10º, se ha aplazado la ejecución de las sentencias dictadas últimamente por el Tribunal Popular, hasta que sean aprobadas por el Gobierno de la República””

Esa misma nota es publicada por el periódico “El Tiempo” de fecha 13 de Septiembre de1936 en su página 4. Obviaremos el relato detallado de los sucesos del 13 de septiembre en la ciudad de Murcia, bastan las palabras de Carmen González Martínez en su libro “Guerra Civil en Murcia: un análisis sobre el poder y los comportamientos” que en su página 171 nos indica:
“Y en efecto, ante la posibilidad de una conmutación de las sentencias de muerte dictadas en este proceso, el domingo 13 de septiembre se produjo el asalto a la cárcel donde estaban detenidos los procesados solicitando una rápida justicia y ejecutoria. Los 10 condenados a la última pena: Federico Servet Clemencín,  Miguel Gallego Alcaraz,  Ángel Romero Elorriaga, Sotero González Lerma, Alfonso Carrasco Aracil, Fernando Ciller Hita, Gonzalo de Haro Bustamante,  Antonio González Egea, Francisco Moya Rubio y Victoriano García Montiel fueron fusilados en los patios de la cárcel provincial por la presión de la multitud sin que las sentencias llegaran a ser cumplimentadas por el gobierno republicano. Algunos de los cuerpos fueron profanados y mutilados como si de un macabro ritual de sangre se tratara, y frente al dolor de los familiares de las víctimas, aquel mismo día la ciudad de Murcia siguió inmersa en su Feria de Septiembre con la celebración de una festiva corrida de toros que esa tarde se desarrollaría en el coso de la ciudad”

(La negrita en el párrafo en cursiva no es de la autora, sino mía)
Es decir que estas muertes no siguieron ninguno de los preceptos legales que una ejecución legal debía cumplir. Fue un proceso ilegal, y por tanto si una muerte no es legal, se trata de un asesinato, fueron por tanto diez los asesinatos en esa Prisión Provincial el 13 de septiembre de 1936, prisión que busca ser un espacio del recuerdo. Pues bien, si la Prisión Provincial de Murcia no es un espacio de recuerdo para TODAS LAS VÍCTIMAS no será un espacio de recuerdo para todos los murcianos.


Murcia a 23 de octubre de 2018

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